Mercado de Físicos Imprimir E-mail

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FISICOS.jpg Las grandes empresas del país pueden realizar la adquisición de bienes, productos o commodities de características técnicas homogéneas.
Existen dos tipos de operaciones que se pueden realizar para este negocio:

Físico Disponible:

Operaciones de compra y venta donde existen físicamente los productos al momento de comercialización o registro en Bolsa. Su cumplimiento en cuanto a la entrega, se efectúa antes de 30 días de celebrada la negociación en la BMC, y el pago se pacta al momento de la operación.

Físico de Entrega Futura-Forward:

Son operaciones de compra y venta anticipada del producto, donde el comprador y vendedor aseguran unas condiciones especificas para la comercialización del mismo. Se realizan sobre productos no necesariamente disponibles, que al momento de la negociación están en posibilidad de ser entregados en un plazo superior a 30 de días e inferior a 360 días; el pago es pactado al momento de la negociación.

 

Ventajas

 

Adelante le presentamos las ventajas que tiene para usted, invertir con nosotros en este tipo de negocio:

  1. Asegura la total transparencia en la negociación, con la formación de precio, mediante una subasta a la baja.
  2. El productor podrá planificar la producción, permitiendo garantizar de manera anticipada la comercialización.
  3. Se reduce la incertidumbre para los productores, en cuanto a que su producción se ajusta en cantidad, calidad y precio, de acuerdo a las condiciones que establezca la demanda.
  4. Se garantiza el abastecimientos a la industria.
  5. Se crean condiciones que facilitan el financiamiento para los productores.
  6. En caso de presentarse conflicto sobre la calidad del producto, la Bolsa a través de su grupo técnico, determina si el producto es o no de recibo, de acuerdo con las calidades acordadas.
  7. El departamento de operaciones de la Bolsa, realiza seguimiento sobre las condiciones pactadas, en el momento en que se celebro la negociación.
  8. La CC Mercantil, administra las garantías adecuadas para cubrir la volatilidad de precios y respaldar de esta manera el cumplimiento de las partes, siempre y cuando se utilice esta modalidad en la negociación.
  9. Los recursos producto de estas negociaciones se deben Compensar y Liquidar por  la CC Mercantil.
 
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