AREA DE SEGUIMIENTO
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La función de Supervisión, ejercida por el Área de Seguimiento de la Bolsa, consiste en la verificación del cumplimiento de las normas aplicables por parte de los miembros y de las personas vinculadas a éstos, efecto para el cual se adelanta la investigación de los hechos y las conductas a que haya lugar. |
Por otra parte, se encuentra el Grupo Legal que también depende del Jefe del Área y tiene como función principal la instrucción de las investigaciones a cargo del Área de Supervisión, mediante la aplicación del principio de oportunidad o la formulación de cargos, con el correspondiente traslado a la Cámara Disciplinaria cuando resulte pertinente o de archivar las investigaciones, cuando ello proceda.
Así mismo, evalúa y tramita las quejas de las que tenga conocimiento el Área, sirve de apoyo al Grupo de Monitoreo y Vigilancia del Mercado en las visitas que éste efectúe, en el análisis del resultado de las mismas y hace recomendaciones para el adecuado desempeño de las firmas comisionistas, conforme a las reglas que regulan su actividad. Para conocer el esquema del Proceso Disciplinario en la etapa de Investigación que adelanta el Área de Seguimiento haga click Aquí |
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Esta función se encuentra bajo la dirección del Jefe del Área de Seguimiento quien tiene a su cargo la coordinación del Grupo de Monitoreo y Vigilancia del Mercado,el cual desarrolla su actividad mediante la utilización de sistemas de alerta temprana para la detección y prevención de conductas contrarias a la ley o a los reglamentos y la realización de visitas a las sociedades comisionistas miembros de la Bolsa para temas específicos o de carácter general. |
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Formulario para Denuncias
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Boletines emitidos por el Área de Seguimiento
Libro II del Reglamento de la BMC Exchange
| 060 B INF |
Clasificación, Valoración y contabilización de Inversiones en la BNA y en la CRCBNA |
| 076 B INF | libro de ordenes V16-02-09 |
| 122 B INF | Rendición de Cuentas área de supervisión |
| 243 B INF | Área de Seguimiento |
| 244 B INF | Boletín Sarlaft |
| 336 B INF | Capital mínimo |
| 517 B INF | Operaciones donde administradores de SCB actuan como mandantes |
| 542 B INF | Prohibición del uso de celular en la rueda de negocios |
| 545 B INF | Defensor del Consumidor Financiero |
| 628 B INF | Operaciones en cuenta propia |
| 630 B INF | Responsabilidades de las SCB frente al cumplimiento de las operaciones |













