Título Primero. Disposiciones generales

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Libro Cuarto

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Capítulo Único Normas generales

Artículo 4.1.1.1.- Actividades. Aprobado por Resolución No. 1624 de 2008 de la Superintendencia Financiera de Colombia. El presente Libro establece las normas a las que deben someterse las sociedades comisionistas miembros de la Bolsa en desarrollo de las actividades autorizadas por la ley, previa autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia cuando haya lugar a ella.

Artículo 4.1.1.2.- Formulario de solicitud de vinculación de clientes. Aprobado por Resolución No. 1624 de 2008 de la Superintendencia Financiera de Colombia. Teniendo en cuenta la obligación de las sociedades comisionistas miembros de la Bolsa de prevenir que en desarrollo de las actividades propias de su objeto sean utilizadas para dar apariencia de legalidad a los activos provenientes de actividades delictivas o para la canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas, éstos tienen la obligación de contar con procedimientos para obtener un conocimiento efectivo, eficiente y oportuno de todos los clientes actuales y potenciales, así como para verificar la información y los soportes de la misma, las sociedades comisionistas miembros de la Bolsa que pretendan ejercer cualquiera de las actividades reguladas en el presente Libro, previo a su ejecución deberán obtener de su cliente potencial un formulario de solicitud de vinculación de cliente debidamente diligenciado. El mismo se sujetará a lo que sobre el particular disponga la Superintendencia Financiera de Colombia y a las exigencias que la Junta Directiva de la Bolsa considere convenientes.

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