Instrumento de financiación para proveedores con contratos celebrados a través de las diferentes modalidades de contratación pública y/o privada (OTC).
El proveedor que está prestando sus servicios a empresas públicas y/o privadas podrá obtener financiación de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, mediante la inscripción de la cesión de los derechos económicos de sus contratos a su financiador en nuestro sistema y generando mayor seguridad en el pago de las obligaciones.
¿Cómo funciona la Cesión de Derechos?
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El vendedor/proveedor que haya sido adjudicatario de una operación del MCP, a través de su Sociedad Comisionista de Bolsa, puede solicitar a la Bolsa Mercantil de Colombia la inscripción de una Orden Irrevocable de Giro - OIG a favor de su financiador, quien deberá ser una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
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Una vez el vendedor/proveedor haya cumplido con sus obligaciones con la Entidad Estatal contratante y se haya acreditado dicho cumplimiento, la entidad estatal gira los recursos a la cuenta del Sistema de Compensación y Liquidación de la Bolsa Mercantil de Colombia.
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Cuando se ha registrado la Orden Irrevocable de Giro - OIG, la Bolsa Mercantil de Colombia gira directamente al financiador del vendedor/proveedor los recursos entregados por la Entidad Estatal en cumplimiento de la operación.
¿Es proveedor o financiador?
Accesibilidad
Es un instrumento alternativo que facilita el acceso a fuentes de financiación.
Liquidez
Mejora el flujo de caja con financiaciones a tasas de mercado
Eficiencia
Mejoras en la eficiencia financiera y agilidad en el desembolso
Asesoría y acompañamiento
Cuentan con una asesoría permanente por parte de las Sociedades Comisionistas de Bolsa y acompañamiento de la BMC durante el proceso.
Las tarifas aquí publicadas corresponden exclusivamente a la Bolsa Mercantil de Colombia. Tenga en cuenta que usted debe estar representado por una de nuestras 10 Sociedades Comisionistas de Bolsa, las cuales generan una comisión adicional que debe tener en cuenta para los costos totales de la operación.
2.2% efectivo anual del valor de la Orden Irrevocable de Giro para el período de esta.

Rentabilidad
Profundización en proveedores del sector público o privado obteniendo mayor colocación de financiamiento.
Seguridad e institucionalidad
Recaudo y administración de los pagos mediante el sistema de Compensación y Liquidación.
Mitigación del riesgo
Principio finalidad y giro directo al financiador evitando desviación de recursos.
Asesoría y acompañamiento
Cuentan con una asesoría permanente por parte de las Sociedades Comisionistas de Bolsa y acompañamiento de la BMC durante el proceso.
Nuestra experiencia en cifras
Contacte a nuestro especialista en OTC y OIG’s y conozca por qué representan una excelente oportunidad para su negocio
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Yules Fabián Cruz
Director de Negocios Privados