Artículo 1.5.1.1. Definición. El puesto de Bolsa es un bien intangible sin cuya propiedad no es posible actuar como sociedad comisionista miembro de la misma.
La propiedad del puesto de Bolsa confiere los derechos de transferir, ceder o vender a cualquier título el Puesto de Bolsa.
Artículo 1.5.1.2. Puestos de bolsa. La Junta Directiva de la Bolsa establecerá el número de los puestos de Bolsa, así como el precio de suscripción y la forma de pago de los que la Bolsa tenga en reserva.
Artículo 1.5.1.3. Efectos. La titularidad de los derechos derivados de un puesto de bolsa no confiere por sí solo el carácter de miembro de la Bolsa, el cual sólo se adquiere previo cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. El puesto tampoco confiere a su titular derecho económico alguno respecto de la Bolsa como sociedad comercial.
El titular de los derechos derivados de un puesto de Bolsa deberá aportar una cuota de sostenimiento, calculada como el que resultare mayor entre una cuota fija o un porcentaje sobre sus operaciones.
El monto de la cuota, el porcentaje y la periodicidad serán fijadas por la Junta Directiva de la Bolsa e informadas mediante Circular.
Artículo 1.5.1.4. Cesión de los puestos de bolsa. El derecho sobre un Puesto de Bolsa podrá ser objeto de cesión por parte de su propietario, de conformidad con el presente Reglamento. En este caso, el adquirente del Puesto de conformidad con lo establecido en el artículo anterior, no podrá ejecutar las actividades autorizadas a las sociedades comisionistas miembros de la Bolsa ni se podrá anunciar al público como tal sino hasta tanto sea admitido como miembro por la Junta Directiva de la Bolsa.
Artículo 1.5.1.5. Libro de Registro. La Bolsa llevará un libro de registro de puestos en el que se inscribirán sus titulares, sus traspasos y en general todo acto que de alguna manera afecte su propiedad. Además, expedirá y entregará certificados sobre la propiedad de los mismos.
Artículo 1.5.1.6. Inactividad. La inactividad del puesto se regulará por lo dispuesto en el artículo 1.6.7.1 y siguientes del presente Reglamento.